
La Sala Especial de Primera Instancia halló responsable a Francisco Abraham Palacios Mena por irregularidades en la contratación de la sede de la Universidad Tecnológica del Chocó en Istmina.
La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador encargado del Chocó, Francisco Abraham Palacios Mena, a 72 meses (seis años) de prisión tras declararlo responsable del delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales.
En la misma sentencia, le fue impuesta una multa de 145,58 salarios mínimos legales mensuales vigentes, así como una inhabilidad de 88,48 meses para ejercer derechos y funciones públicas.
La alta corporación lo absolvió del delito de peculado por apropiación, ordenó su captura inmediata y dispuso el cumplimiento de la pena en un establecimiento del INPEC.
La decisión se relaciona con las irregularidades detectadas en la contratación para construir la primera etapa de la sede de la Universidad Tecnológica del Chocó (UTCH) en el municipio de Istmina, proyecto financiado con recursos del Sistema General de Regalías.
Francisco Abraham Palacios Mena actuó como gobernador encargado del Chocó de julio a septiembre de 2013 durante el período de inestabilidad en la gobernación del Chocó tras la destitución de Luis Gilberto Murillo, con varias personas actuando como encargados antes de la elección atípica de Efrén Palacios Serna (posesionado en diciembre de 2013).
La Sala concluyó que el exfuncionario desconoció los principios de planeación, transparencia y responsabilidad que rigen la contratación estatal. Los magistrados establecieron que Palacios Mena intervino directamente en la elaboración de estudios previos, la apertura de la licitación pública y la firma de los contratos mientras ejercía como secretario de Infraestructura, Vivienda y Movilidad del departamento y como gobernador encargado durante varios periodos de 2013.
La investigación determinó que la Gobernación del Chocó celebró el Contrato de Obra No. 010 de 2013 por $4.793.416.093 con un único proponente y el Contrato Interadministrativo de Interventoría No. 032 de 2013 por $336 millones con la Universidad Tecnológica del Chocó. La Sala evidenció que el contrato de interventoría fue suscrito el mismo día en que se abrió la licitación de la obra, situación que contravino las reglas previstas para este tipo de procesos contractuales.
“El dolo con el que actuó se valora de alta intensidad, teniendo en cuenta que Palacios Mena perfeccionó no solo el contrato de obra 010 sino también el de interventoría 032, suscribiéndolos sin que reunieran los requisitos exigidos legalmente, falencias que conocía directamente por haberlos tramitado él mismo cuando se desempeñaba como secretario de Infraestructura del departamento del Chocó, lo que denota que su actuar a todas luces fue premeditado, en la medida en que el plan criminal se fraguó desde su condición de secretario de Infraestructura y se perfeccionó una vez fue designado como gobernador”, dijo la Sala.
La sentencia también concluyó que el proyecto era inviable desde su etapa de planeación. Aunque el OCAD había aprobado inicialmente la construcción de cuatro bloques, el alcance fue reducido posteriormente a dos sin justificación técnica ni económica.
Además, los estudios previos se basaron en un predio de 15.000 metros cuadrados que, tras verificaciones topográficas, resultó tener únicamente 7.395 metros cuadrados disponibles, con ocupaciones de terceros y una vía pública que impedían la ejecución de la obra. Estas condiciones ocasionaron que el proyecto fuera suspendido apenas un día después de iniciadas las actividades.
Durante el juicio, la Fiscalía General de la Nación presentó pruebas documentales, periciales y testimoniales que, según la Sala, demostraron la responsabilidad penal del exgobernador. Entre ellas figuraron conceptos técnicos que evidenciaron incumplimientos de la norma sismorresistente NSR-10 y deficiencias en los estudios de mercado, así como la ausencia de análisis suficientes para determinar la viabilidad técnica y financiera del proyecto.
La Corte también rechazó los argumentos de la defensa que buscaban atribuir la responsabilidad a administraciones posteriores. En la providencia se destacó que Palacios Mena, por su formación como ingeniero civil con estudios de especialización y maestría en estructuras, contaba con los conocimientos necesarios para advertir que los contratos se estaban celebrando sin las condiciones mínimas para su ejecución.
Asimismo, la Sala concluyó que su actuación facilitó la apropiación indebida de recursos públicos en favor de terceros, estableciendo un detrimento patrimonial de $4.109.313.985 por ambos contratos.




