El Tribunal Administrativo del Chocó, por Auto Interlocutorio 107 del 1 de febrero de 2024, revocó la sanción que había sido impuesta a los dirigentes sindicales Jorge Enrique Perea González, presidente de ASPU, Luis Celino Martínez Bejarano, presidente de Sintraunal y Raúl García Mosquera, presidente de Asemtra UTCH.
Considera la alta corporación que la sanción por desacato que había impuesto el Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Quibdó a los líderes sindicales había perdido su razón de ser, “en el entendido que, es un hecho notorio, que en el primer período del año 2020, los estudiantes de la Universidad Tecnológica del Chocó ‘Diego Luis Córdoba’, pudieron acceder a las clases programadas en el calendario académico, dando cuenta del cumplimiento de la orden tutelar, que originó el trámite de incidente, que cumplió con el fallo tutelar”.
Y agrega: “Advierte este Tribunal que el fallo de acción de tutela se expidió en el año 2020 y estando hoy en el año 2024, se puede establecer, que en lo que respecta a la orden impartida, se cumplió en su totalidad, debido a que han transcurrido más de tres (3) años, desde la expedición de la sentencia objeto de la sanción que hoy se consulta, siendo notorio que los estudiantes de la Universidad, en su oportunidad, primer período del año 2020, cursaron los semestres correspondientes”.
“Para la Sala no es admisible que un fallo de tutela del año 2020, que surtió sus efectos y se cumplió en su totalidad, en su momento y oportunidad, hoy sea objeto de incidente de desacato y sanción, pues no es factible que la misma decisión, se prolongue en el tiempo de manera indefinida, bajo los mismos argumentos, los cuales ya fueron objeto de decisión y cumplimiento en el pasado”.





