El juzgado primero administrativo oral del Circuito de Quibdó, por medio de la sentencia 007 del 7 de febrero, concedió la tutela interpuesta por la personería de Lloró relacionada con los estudiantes de la Institución Educativa Agroecológica Atrato de ese municipio.
La autoridad judicial ordenó a la alcaldía de Lloró que en el término máximo de quince días adelante una valoración de las carencias de la Institución Educativa Agroecológica Atrato-Lloró, y, de acuerdo con los diagnósticos, planifique su presupuesto y determine un plan de acción que garantice una infraestructura física conveniente para los menores de edad que asisten al establecimiento pedagógico.
Le ordenó que, luego del diagnóstico, en el término máximo de treinta días, culmine de manera integral la remodelación de la cubierta del plantel principal de la institución, adelante las labores de aseo y despojo de residuos escolares hacinados en la Institución Educativa, tales como pupitres, sillas, cajas, y demás elementos que hacen parte de los residuos.
Así mismo, en el marco de sus competencias, la alcaldía de Lloró deberá dotar a la Institución de elementos de bioseguridad, como jabón, gel antibacterial y alcohol.




