A partir de mañana, 7 de julio, se implementará la ley 2232 de julio 7 de 2022 que prohíbe el uso de plásticos de un solo uso en todo el territorio colombiano.
Esto, con el fin de reducir el consumo de materiales en Colombia que solo se utilizan una vez y que contaminan de manera excesiva a diario, siendo esto, un paso significativo para la gestión ambiental.
Por lo anterior, la ley 2232 comenzará a regir a partir del 07 de julio del 2024 y quienes no cumplan esta normativa serán sancionados.
Además, con esta medida se espera reducir por persona el consumo de 24 kilogramos de plástico anualmente.
Aunque la implementación de la normativa se hará de manera gradual, desde la fecha son ocho artículos los que estarán prohibidos.
Quienes no cumplan con la normativa a partir de la fecha, se expondrán a multas de hasta 50.000 salarios mínimos mensuales vigentes al momento de los hechos. Los locales comerciales además podrían ser clausurados de manera temporal.
La medida, aplaudida por ambientalistas y ciudadanos conscientes del medio ambiente, tiene como objetivo disminuir el impacto negativo de los plásticos en los ecosistemas terrestres y marinos. Sin embargo, no todos los artículos plásticos serán prohibidos.
Debido a que la nueva reglamentación aplicará en toda Colombia para los productores de envases y empaques, fabricantes o importadores de productos plásticos de un solo uso y a las entidades públicas y privadas, a continuación le contamos cuáles plásticos de un solo quedarán prohibidos y cuáles no.

Los plásticos de un solo uso que quedarán prohibidos
- Bolsas de punto de pago
- Bolsas utilizadas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas
- Bolsas utilizadas en las lavanderías
- Rollos de bolsas para llevar alimentos a granel
- Mezcladores de azúcar
- Pitillos
- Soportes plásticos para las bombas
- Soportes plásticos de copitos de algodón
Los plásticos de un solo uso que no quedarán prohibidos
Por ahora, serán estos plásticos de un solo uso los que no quedarán prohibidos:
- Bolsas de basura
- Bolsas para los desechos de las mascotas
- Empaques plásticos (envases, embalajes, etc.)
- Productos desechables (cubiertos, vasos para el tinto, jugos o salpicones)
- Recipientes portacomidas
- Icopor
Los plásticos de un solo uso exceptuados
La ley además prevé excepciones para ciertos productos, incluidos aquellos que se encuentran en contextos médicos y para la preservación de alimentos:
- Artículos médicos para mantener la asepsia y conservar productos médicos, farmacéuticos o de nutrición clínica cuando no hay alternativas.
- Productos plásticos de un solo uso para contener químicos peligrosos para la salud
- Envases desechables para alimentos líquidos, bebidas de origen animal y productos alimenticios húmedos por seguridad alimentaria.
- Plásticos en uso médico y para personas con discapacidad.
- Envases y embalajes usados para el cálculo del IPC o la canasta familiar, según el Dane.
- Plásticos para residuos peligrosos según normativa vigente.
- Productos fabricados con plástico reciclado 100% posconsumo nacional certificados por organismos gubernamentales.
- Pitillos adheridos a envases de hasta 3.000 ml




