El ex gobernador Julio Ibargüen Mosquera, quien en 2015 fue condenado por parapolítica, fue absuelto ahora por la Corte Suprema de Justicia en un proceso por supuestas irregularidades en el reconocimiento de una pensión de jubilación a un docente.
Según la Sala de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia, Ibargüen Mosquera no actuó con dolo al reconocer una pensión que luego fue revocada.
El alto tribunal señaló que Ibargüen no es responsable de los delitos de prevaricato por acción y peculado por apropiación a favor de terceros, en la modalidad de tentativa.
Ibargüen Mosquera fue juzgado por la expedición de la Resolución 2523 de 31 de diciembre de 2007 en la cual le reconoció la pensión de jubilación a un docente, sin que él cumpliera los requisitos para acceder a ese derecho.
Ese reconocimiento pensional fue revocado mediante la Resolución 0746 de 4 de junio de 2008 al encontrarse que el beneficiario no cumplía con las exigencias de la Ley 100 de 1993 ni del régimen de transición allí previsto o regímenes especiales, revocatoria que quedó en firme con la Resolución 1151 de 18 de julio de 2008, por lo que se impidió alguna erogación de dineros departamentales.
La Sala absolvió al exgobernador al encontrar que no obró con dolo ya que cuando concedió la pensión de jubilación, no había claridad sobre el régimen al cual pertenecía el beneficiado, ni su categoría.
Según la Corte, en ese momento no se sabía con certeza si se trataba de un docente nacional, nacionalizado o departamental e, incluso, esa incertidumbre continúa al día de hoy.
De hecho, dice la sentencia, luego de estos hechos la Fiduprevisora, entidad encargada de las prestaciones sociales de los docentes afiliados al Fondo Nacional de Prestaciones Sociales del Magisterio, ha devuelto cuatro veces la documentación relacionada con la solicitud de pensión de jubilación del docente, que a la fecha está en discusión.
La Sala dijo que si bien la resolución inicial es contraria al ordenamiento jurídico, no se puede concluir que esta «obedeció a una interpretación caprichosa o amañada de la ley ante la múltiple legislación existente respecto de los docentes, pero principalmente, frente a la incertidumbre de la clase de vinculación del beneficiado y si estaba o no afiliado al Fondo Nacional de Prestaciones del Magisterio».
La Corte destacó que en este caso funcionaron los controles de la misma administración ya que cuando se evidenciaron posibles irregularidades en el otorgamiento pensional, el mismo fue revocado, impidiendo que se afectara el erario público.




