El Tribunal Contencioso Administrativo del Chocó, en sentencia del pasado 24 de junio, rechazó por improcedente la acción de tutela que buscaba ordenar al Presidente Iván Duque el nombramiento como gobernador encargado de uno de los integrantes de la terna presentada por la coalición de los partidos liberal, conservador, verde y Colombia Justa. La terna fue enviada el 18 de mayo y está integrada por Dorthon Pino Serna, Luzmila Trujillo Chaverra y Nelly Borja Martínez.
La Procuraduría suspendió el 24 de abril y durante tres meses a Ariel Palacios Calderón como gobernador del Chocó, en el proceso disciplinario que se adelanta en su contra relacionado con un contrato por dos mil millones de pesos, por considerar que se habían violado los principios que rigen esa actuación.
Los accionantes de la tutela, José Guido Mena y Elacio Mosquera consideran que la dilatación del Presidente en tomar esta decisión vulnera los derechos fundamentales al debido proceso y la participación política.
El Tribunal Administrativo recordó que es improcedente en este caso la acción de tutela porque es una acción subsidiaria, existen otros medios de defensa judicial para hacer valer los derechos que se estiman conculcados, y el juez de tutela no puede arrogarse funciones que el ordenamiento jurídico ha reservado de forma específica al juez encargado de resolver cada tipo de conflicto.
Reitera que la acción de tutela contra actos administrativos de naturaleza electoral solo procede en forma excepcional, y ante la existencia de un perjuicio irremediable, situación que no se logró verificar en este asunto.




