A solicitud de Procuraduría, Tribunal Administrativo del Chocó anuló el Plan de Usos y Tratamiento del suelo urbano de Quibdó
El Tribunal Administrativo del Chocó, por medio de la sentencia 0076 de junio 24 de 2025, confirmó la decisión de primera instancia que decretó la nulidad del Acuerdo No. 008 del 27 de septiembre de 2002, por medio del cual se expidió el Plan de Usos o Normas Urbanísticas para usos y tratamientos del área urbana del municipio de Quibdó.
La decisión se tomó al comprobar que dicho Acuerdo fue expedido sin exposición de motivos y sin constancia de publicación, infringiendo lo dispuesto en el artículo 72 de la Ley 136 de 1994, lo que configura una expedición irregular en los términos del artículo 137 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, CPACA.
La exposición de motivos de un proyecto de Acuerdo no es un asunto formal, sino que también cumple una función sustancial: garantizar que los concejales y la ciudadanía comprendan el contenido del proyecto, su finalidad y los efectos jurídicos que produce.
La ausencia de exposición de motivos transgrede el principio de transparencia que rige la función pública.




