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Home Municipios Carmen de Darién

Sanción por $4.636 millones a palmicultora de Curvaradó

Chocó 7 días by Chocó 7 días
15 febrero, 2021
in Carmen de Darién
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Sanción por $4.636 millones a palmicultora de Curvaradó

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La Contraloría General de la República profirió fallo con responsabilidad fiscal por 4.636 millones de pesos contra la empresa Urapalma (Unión de Cultivadores de Palma de Aceite en el Urabá) por detrimento patrimonial causado al Banco Agrario de Colombia.

Urapalma tuvo cultivos de palma africana en la zona de Curvaradó, Carmen de Darién, pero hoy se encuentra en liquidación.

En el año 2001, el Banco Agrario otorgó a Urapalma dos créditos respaldados por garantías hipotecarias que no se pudieron hacer efectivas en su momento, por resultar sobre predios cuyos supuestos dueños, socios de dicha empresa, perdieron la titularidad por incurrir en múltiples irregularidades administrativas y penales.

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Esos socios de Urapalma, que eran a su vez integrantes de su junta directiva, fueron condenados por la comisión de los delitos de concierto para delinquir agravado, desplazamiento forzado e invasión de tierras, probándoseles -así mismo- nexos con grupos paramilitares.

De acuerdo con varias sentencias judiciales, los predios que respaldaban los créditos otorgados por el Banco Agrario fueron despojados ilegalmente a comunidades de las cuencas de los ríos Curvaradó y Jiguamiandó, en Carmen de Darién, desplazadas por grupos paramilitares.

Los créditos solicitados por Urapalma tenían por objeto la siembra y sostenimiento de 750 hectáreas de palma de aceite en predios de la vereda Caño Claro.

Para acceder a dichos recursos, obtenidos mediante una línea especial de crédito de fomento, Urapalma presentó como socio estratégico a la Asociación de Pequeños Cultivadores de Palma de Aceite en el Urabá.

Los créditos del Banco Agrario fueron respaldados, además de hipotecas abiertas de primer grado sobre varios predios, con la constitución de garantías FAG (Fondo Agropecuario de Garantías), que amparaban el 80% de los préstamos.

No procedió pago de garantías

En total, se le desembolsaron a Urapalma 4.771 millones de pesos. Habiéndose efectuado los desembolsos y en plena ejecución el proyecto, la Defensoría del Pueblo expidió la Resolución Defensorial N° 39 del 2 de junio de 2005, en la que solicitó a las entidades financieras abstenerse de otorgar créditos para el desarrollo de proyectos agropecuarios en algunas zonas del Departamento del Chocó y, en consecuencia, el Banco Agrario se abstuvo de seguir efectuando desembolsos por los créditos otorgados a Urapalma, empresa que dejó de pagar dicho crédito.

Luego, en visitas a los cultivos de palma africana financiados el 28 de noviembre de 2007 y el 7 de febrero de 2008 el Banco constató las dificultades por las que atravesaba el proyecto.

Y el 22 de diciembre del 2011, frente al requerimiento realizado por el Banco Agrario para hacer efectivos los amparos de los créditos entregados, en el caso de las garantías FAG, el Secretario General de FINAGRO informó que no procedía el pago porque perdieron su validez, debido a la inexistencia de un proyecto productivo técnica, financiera y ambientalmente viable al momento de concederle el crédito, por suministro de información inexacta y por existir irregularidades de carácter penal relacionadas con la tenencia de la tierra.

En cuanto a las garantías hipotecarias, las medidas de embargo solicitadas para satisfacer el pago de las obligaciones no fueron inscritas debido a que varios de los predios tenían el folio de matrícula correspondiente cerrado por orden de la Fiscalía General de la Nación, por conductas relacionadas con desplazamiento forzado, paramilitarismo y falsedades registrales.

Tal situación hizo que no se pudiera hacer efectiva la garantía ofrecida, perdiéndose los recursos públicos.

Argumentos de confirmación del fallo de primera instancia

Mediante Auto N° 0611 del 19 de noviembre de 2020, la Contralora Delegada Intersectorial N° 8 de la Unidad de Responsabilidad Fiscal, resolviendo recurso de apelación, confirmó en todas sus partes el Fallo con Responsabilidad Fiscal de primera instancia del 25 de junio de 2020.

Consideró que existía claridad fáctica y probatoria suficiente de que, debido al accionar irregular de los miembros de la Junta Directiva, socios y representantes legales de Urapalma, sumado a la falta de controles y verificaciones respecto de las garantías ofrecidas como respaldo de su crédito al Banco Agrario, las mismas se perdieron causando así un daño al patrimonio público.

Expuso que la firma Urapalma contribuyó directamente en la causación del daño fiscal, puesto que las garantías que tal empresa constituyó en favor del Banco Agrario de Colombia, para amparar los créditos otorgados, no se pudieron hacer efectivas.

Indicó este Despacho que: “… tales garantías resultaron ineficaces e inviables, puesto que, respecto a la Garantía FAG, según indicó FINAGRO, los constituyentes suministraron a la entidad información inexacta, reticente o engañosa; mientras que frente a las garantías hipotecarias, resultaron inviables en la medida que la titularidad del derecho de dominio sobre los predios en los cuales recaían estas garantías fueron canceladas, toda vez que se determinó que la adquisición del derecho de propiedad de estos predios se dio bajo acciones delictivas como el desplazamiento forzado, concierto para delinquir agravado, entre otros”.

Así mismo concluyó que: “…las irregularidades que ocurrieron en el ámbito penal que afectaron las garantías ofrecidas por Urapalma S.A., hacen a esa firma responsable por haber suministrado al Banco Agrario, documentos que fueron aceptados con base a información que resultó inexacta, ocultando hechos delictivos atribuidos por la Justicia Penal a sus propietarios, miembros éstos de dicha sociedad e integrantes de su Junta Directiva, sin la mínima verificación y cuidado, en consideración a la cantidad de recursos públicos que le serían entregados y de la importancia que implicaba la ejecución del proyecto productivo a cargo de Urapalma”.

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