El alcalde de Quibdó, Martín Sánchez, expidió el decreto 0188 de agosto 29 sobre aislamiento selectivo y distanciamiento individual responsable donde determina las actividades que se pueden desarrollar sin restricción alguna, las actividades que solo se pueden desarrollar de lunes a viernes y las actividades no permitidas.
Actividades sin restricción:
Asistencia y prestación de servicios de salud, farmacias, instituciones públicas, fuerzas militares, policía, fiscalía, medicina legal, hoteles con huéspedes relacionados con la pandemia, vigilancia, radio TV, prensa, , gimnasios e inspecciones de policía.
Actividades permitidas de lunes a viernes:
Comercio, transporte terrestre y fluvial, plazas de mercado, personal de servicios públicos, bancos, restaurantes solo para ventas para llevar o a domicilio, chance, apuestas permanentes, loterías.
Los sábados y domingos continúa el QUÉDATE EN CASA.
Templos religiosos, sábados y domingos, con protocolos de bioseguridad.
Se prohíbe todo acto con más de veinte personas.
PICO Y CÉDULA AL COMERCIO: Lunes: 0-1; Martes: 2-3; Miércoles: 4-5; Jueves: 6-7; Viernes: 8-9
Ley seca de viernes a lunes en todo el mes de septiembre. Se permite la venta de licores pero se prohibe su consumo en lugares públicos.
Se prohíben las fiestas y los bailes.
Toque de queda todos los días de 9 d ela noche a coinco de la madrugada.
Multa a quien viole las disposiciones.




