La revista Semana informó que conoció el texto de la ponencia elaborada por el magistrado chocoano Gerson Chaverra Castro sobre el rumbo que debe tomar el proceso penal que se sigue contra el expresidente Álvaro Uribe. Esta ponencia, de 29 páginas, será discutida mañana por la sala penal de la Corte Suprema de Justicia.
El meollo del asunto es definir si en lo que sigue del proceso por soborno a testigos y fraude procesal que se adelanta al expresidente Uribe debe aplicarse el nuevo sistema penal acusatorio (ley 906) o el antiguo sistema inquisitivo (ley 600).
Si la Corte Suprema determina que en el proceso debe aplicarse el nuevo sistema acusatorio significa que las actuaciones que había realizado la alta corporación continúan vigentes, incluida la orden de detención preventiva del expresidente Uribe.
Por el contrario, si la Corte Suprema determina que el proceso debe llevarse bajo el antiguo sistema inquisitivo significa que las actuaciones que había realizado la alta corporación pierden vigencia, se debe reiniciar el caso desde cero y el expresidente Uribe recobra su libertad.
Gerson Chaverra Castro propone en su ponencia que el proceso debe continuar con el nuevo sistema acusatorio (ley 906) porque el expresidente Uribe ya no ostenta la condición de congresista y es un “ciudadano investigado penalmente”. Aclara que “dada la pérdida del fuero del investigado” y de “no tener la conducta relación con las funciones desempeñadas (como senador)” no existiría una razón jurídica que justifique que el caso se lleve por el antiguo sistema inquisitivo (ley 600), un sistema procesal que aplica en este momento solo a los casos de los funcionarios que tienen fuero ante la Corte Suprema de Justicia.
La ponencia argumenta que los hechos presuntamente sucedieron durante el año 2018, año en el cual el sistema penal acusatorio ya estaba vigente y que por lo tanto “es la Ley 906 de 2004 el estatuto procesal llamado- a regir este asunto a partir de este momento y por ende, que es competente la Jueza 30 Penal Municipal de Garantías para pronunciarse en relación con la solicitud de libertad”.
Sobre ese tema crucial de la detención del exmandatario, el magistrado le apunta a la tesis de que la justicia ordinaria debe tomar el proceso en el momento procesal en el que se remitió por parte de la Corte Suprema. En otras palabras, que la medida de detención domiciliaria debería mantenerse.
Y agrega que “desde esta perspectiva todo lo actuado tiene una inobjetable validez jurídica, máxime si se considera la oportunidad y circunstancias en que se adelantó, con estricta preservación de la garantía del juez natural, como significativa expresión del debido proceso y la competencia discernida por la ley”.
“La renuncia al fuero de Congresista jamás podrá entrañar la irrazonable, y absurda consecuencia de generar la invalidación de actuaciones judiciales surtidas válidamente en ejercicio de las atribuciones conferidas por la ley procesal aplicable en su momento y con apego estricto al debido proceso».
Este lunes, los magistrados deberán decidir si aprueban esta ponencia del magistrado Gerson Chaverra Castro.




