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Home EDICTOS Judiciales

Piden al Consejo de Estado negar pretensiones del Chocó por liquidación de Dasalud

Chocó 7 días by Chocó 7 días
11 noviembre, 2022
in Judiciales
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Piden al Consejo de Estado negar pretensiones del Chocó por liquidación de Dasalud

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Para el ente de control no hay ninguna demostración de daño o perjuicio para el departamento como lo sostiene la sentencia proferida

La Procuraduría General de la Nación pidió al Consejo de Estado revocar en su integridad el fallo de primera instancia proferido por el Tribunal Administrativo de Chocó, y negar las pretensiones de la demanda interpuesta por el departamento contra la Superintendencia Nacional de Salud por los presuntos daños y perjuicios ocasionados tras la liquidación del Departamento Administrativo de Seguridad Social del Chocó (DASALUD).

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Para la Entidad no hay ninguna demostración de daño o perjuicio como lo sostiene la sentencia proferida, razón por la que la considera improcedente, y pidió no tener en cuenta las reparaciones administrativas o patrimoniales esperadas por el departamento.

La Delegada de Intervención Primera ante el Consejo de Estado señaló que la Corporación “confundió el proceso de intervención administrativa con el de liquidación forzosa, siendo decretada y ejecutada por diferentes entidades”, el primero por la citada Superintendencia y el segundo ordenado por el gobernador de Chocó, avalado por la Asamblea Departamental.

Asimismo, la Procuraduría no compartió el análisis probatorio realizado, especialmente sobre los estados financieros reportados por quienes los tuvieron a su cargo hasta 2007, año en el que se dio la intervención, y que se convirtieron en uno de los elementos más importantes para evidenciar la falta de claridad y certeza sobre la viabilidad de DASALUD, lo que provocó su liquidación definitiva en 2013.

Finalmente, el Ministerio Público señaló que el Tribunal Administrativo de Chocó hizo una interpretación errónea sobre la naturaleza y el rol del agente interventor, que no era funcionario de la Superintendencia, por lo que sus actuaciones eran independientes, y no fue convocado en ningún momento al proceso judicial.

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