La Personería Municipal en lo que va corrido del presente año, en cumplimiento sus funciones, ha presentado y brindado apoyo en la presentación de 102 acciones de tutela (68 sentencias favorables, 21 sentencias carencia actual de objeto por hecho superado, 4 sentencias desfavorables, 1 Rechazada, 8 aun sin sentencia) y ha presentado cinco (5) acciones populares; por ende, se comparten algunas de las acciones judiciales que buscan tener mayor grado de impacto en la comunidad de San José del Palmar para promover y proteger los derechos humanos durante el año 2022:
1. Auto del Tribunal Administrativo del Chocó que admitió acción popular presentada por la Personería Municipal para la puesta en funcionamiento del servicio móvil terrestre IMT 4G en la localidad de la Italia y decretan medidas cautelares, puede ver la información aquí:
Al respecto, se destaca que la Personería Municipal presentó una acción de nulidad en contra de acto administrativo expedido por el Ministerio de Tecnologías de la Información y las Comunicaciones en el año 2021, donde la localidad de la Italia en San José del Palmar para ampliar la cobertura y brindar el servicio se modificó por otra denominada Morichal en Inírida, considerando que no se había generado una fuerza mayor para modificarla, tal acción de simple nulidad se presentó ante el Consejo de Estado y está pendiente la respectiva revisión de la demanda subsanada para su admisión o rechazo y verificación o análisis de la solicitud de suspensión provisional del acto administrativo en mención.
2. Sentencia de tutela del Juzgado Promiscuo Municipal de San José del Palmar que amparó el derecho fundamental a la EDUCACIÓN vulnerado a los niños, niñas y adolescentes estudiantes de la Institución Educativa San José y la Inmaculada y que ordenó a la FUNDACIÓN CAMINITO ALEGRE a solucionar los inconvenientes administrativos que han impedido suministrar el complemento de alimentación a los estudiantes de las instituciones educativas San José y la Inmaculada de San José del Palmar dentro del programa PAE, podrá ver la información aquí:
3. Sentencia de tutela del Juzgado Tercero Penal del Circuito de Cartago, Valle de del Cauca que ampara derechos el derecho fundamental a la educación de los niños, niñas, adolescentes y estudiantes en las diferentes instituciones educativas del municipio de San José del Palmar, tutela que se encuentra dirigida a la reconstrucción o fortalecimiento de la Institución Educativa San José que ostenta riesgo de colapsar y en la que se ordenaron acciones por parte de la Gobernación del Chocó y el Ministerio de Educación, puede ver la información aquí:
A raíz de que el Juzgado de primera instancia, en el marco de los incidentes de desacato impulsados por la Personería Municipal indicó que con la sentencia no se buscaba la reconstrucción de la I.E. San José, la Personería solicitó la selección de la tutela ante la Corte Constitucional y la misma fue seleccionada -así como otras treinta y seis- por la Sala de Selección de tutelas No. 08 por la causal de urgencia de proteger un derechos o la de posible desconocimiento de un precedente judicial, para su eventual revisión entre un rango de cincuenta y nueve mil trescientos noventa y nueve expedientes de tutela desde la fecha de publicación del auto de selección contaría con un término de tres meses para proferir sentencia, podrá ver una parte de la audiencia y el auto de la sala de selección, donde se encuentra el expediente seleccionado, en los siguientes enlaces:
4. Auto del Tribunal Administrativo del Chocó que admitió acción popular presentada por la Personería Municipal en contra de la Unidad Administrativa Especial para la Atención y Reparación Integral a las Victimas y la Alcaldía de San José del Palmar y decretó medidas cautelares para evitar perjuicios irremediables respecto de derechos e intereses colectivos inmersos en medidas de reparación de construcción de cancha como espacio que permita la integración familiar y cohesión social y construcción de casa conmemorativa para las víctimas dentro del Plan Integral de Reparación Colectiva del Sujeto de Reparación Colectiva de San José del Palmar cabecera municipal, puede ver la información completa en el siguiente enlace:
5. Se presentó acción de cumplimiento contra la Alcaldía de San José del Palmar que perseguía el cumplimiento de lo pactado en el art. 2.2.9.1.2 del Decreto 1084 de 2015, relacionada con el deber de las Alcaldías, de garantizar los recursos técnicos, logísticos y presupuestales necesarios que aseguren la creación y sostenimiento de las Mesas de Participación Municipales, la cual fue resuelta con sentencia donde se declaró la carencia actual de objeto por hecho superado, en razón a que la Alcaldía efectúo las respectivas actuaciones para dar cumplimiento al mentado deber legal y reglamentario, podrá ver la información en el siguiente enlace:
6. Auto del Tribunal Contencioso Administrativo del Chocó que admitió acción popular presentada por la Personería Municipal y decretó medidas cautelares por posibles incumplimientos a las recomendaciones de la Alerta Temprana de Inminencia 029 de 2021 emanada de la Defensoría del Pueblo, puede ver más información en el siguiente enlace:
7. Sentencia de tutela del Juzgado Segundo Civil del Circuito de Cartago, mediante la cual se amparan los derechos constitucionales fundamentales a la educación y a la dignidad humana de los niños, niñas y adolescentes matriculados en la Institución Educativa Normal Superior “La Inmaculada”, en razón a la falta de docentes en la planta educativa y para el efecto emite órdenes para procurar defender los citados derechos y ordenó a la Gobernación del Chocó que proveyera los cargos de los cuatro (4) docentes de planta requeridos para dictar las áreas referidas en la parte motiva de esta providencia en la I.E. Normal Superior La Inmaculada De San José Del Palmar-Chocó, puede ver mayor información en el siguiente enlace:
En el marco de está acción hubo una sanción por desacato respecto del representante legal del departamento del Chocó y quien fuere secretario de Educación Departamental.
8. Sentencia de primera instancia en acción popular del Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Cartago donde decidió acción popular interpuesta por la Personería Municipal de San José del Palmar “con ocasión a la falta de mantenimiento y rehabilitación de la vía que del municipio de El Cairo, Valle del Cauca, conduce a los municipios de San José del Palmar y Novita, Chocó, que presenta puntos críticos que ponen en riesgo la vida e integridad de vehículos y personas que transitan por la misma”, amparando los derechos e intereses colectivos, esta sentencia fue confirmada y en parte modificada por el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca -por apelación de la Personería por temas relacionados con la conformación del Comité de Verificación inicialmente creado por la sentencia de primera instancia- que les estableció un plazo a los departamentos del Valle del Cauca y del Chocó de veinticuatro (24) meses para que realicen las recomendaciones establecidas por el INVIAS para mejorar progresivamente las condiciones de la vía -en los tramos de su competencia- en su concepto a modo de peritaje que obra como prueba principal en el proceso, podrá consultar la sentencia de segunda instancia, explicaciones del concepto del INVIAS socializadas a la comunidad y mayor información, en el siguiente enlace:
9. Sentencia de Segunda Instancia del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca -por apelación de la Personería y con la coadyuvancia de la Procuraduría Provincial de Cartago-, que amparó los derechos fundamentales a la vivienda digna, a la seguridad personal de 27 familias censadas y plenamente identificadas que perdieron por completo sus viviendas y sus pertenencias en el municipio de San José del Palmar por deslizamientos de tierras provocados en el mes de julio, revocando fallo de primera instancia proferido por el Juzgado Tercero Administrativo de Cartago, puede ver la información del fallo de segunda instancia aquí:
En razón de lo anterior la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres, el día 02 de diciembre allegó información al Juzgado de primera instancia -encargado de hacer cumplir la sentencia de segunda instancia- indicando que para cumplir con el fallo de tutela envió oficios dirigidos a la Gobernación del Chocó y a la Alcaldía de San José del Palmar para poder cumplir con la decisión, manifestando que “se tiene programada la entrega de las ayudas alimentarias y no alimentarias en el mes de diciembre de 2022, destinadas a apoyar la situación de emergencia del Municipio de San José del Palmar – Chocó” y que “en cuanto a los subsidios de arriendo, se está articulando en coordinación con el Municipio, el tramite respectivo para su otorgamiento” allegando los respectivos oficios en su informe, puede ver la información referenciada en el siguiente enlace:
10. Auto del Tribunal Administrativo del Chocó, donde admitió acción popular presentada por la Personería Municipal en contra del Departamento del Chocó, el Municipio de San José del Palmar, la el Ministerio de Vivienda Ciudad y Territorio, la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo del Riesgo de Desastres y la Corporación Autónoma Regional para el Desarrollo Sostenible del Chocó “CODECHOCHÓ” y decretó medidas cautelares solicitadas por nuestro despacho para proteger derechos e intereses colectivos de las familias se encuentran en las zonas de riesgo a lo largo y ancho de la vía que conduce desde la cabecera hacia el corregimiento de la Italia -comunidades de la vereda la Badea, La Libertad, La Italia ; que se encuentran en zonas de alto riesgo de derrumbes ocasionados por las lluvias ordenando la realización de actuaciones para llevar a cabo su reubicación en viviendas donde no puedan ser afectadas por las condiciones naturales de exposición frente a estos eventos, podrá ver mayor información en el subsecuente enlace:
11. Mediante Sentencia de tutela presentada por la Personería, El Juzgado Promiscuo Municipal de San José del Palmar ordenó a la Secretaría de Educación Departamental del Chocó, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas, contados a partir de la notificación de la sentencia, proceda a posesionar a la persona nombrada provisionalmente en el cargo de Auxiliar Administrativo, Código 407, Grado 16, en la I.E SAN JOSE sede principal del Municipio de San José del Palmar Chocó, conforme a lo indicado en su Resolución No. 002767 del 24 de octubre de 2022, para que empiece a realizar sus funciones y preste los servicios de aseo y servicios generales de manera inmediata, puede ver mayor información en el siguiente enlace:
12. Tribunal Administrativo del Chocó, admitió acción popular presentada por la Personería Municipal de San José del Palmar en contra del Ministerio de Agricultura, la Unidad De Planificación Rural Agropecuaria, la Agencia Nacional de Tierras y la Gobernación del Chocó, para velar por que se brinden apoyos para el establecimiento y otorgamiento de proyectos productivos agrícolas en la zona rural de nuestro municipio, en el marco de la Reforma Rural Integral del acuerdo final de paz y las recomendaciones de la Alerta Temprana No. 066 de 2018, en consecuencia ordenó medidas cautelares para proteger los derechos colectivos a la paz y la seguridad pública, la información adicional la podrá consultar aquí:
Se destaca que esta decisión fue recurrida mediante reposición y en subsidio apelación, en razón a que no hay términos fijados para su respectivo cumplimiento.
La Personería Municipal de San José del Palmar, en calidad de accionante deberá encargarse del adecuado cumplimiento de las órdenes judiciales.




