El Consejo de Estado negó las pretensiones de Odín y Patrocinio Sánchez Montes de Oca de anular la elección de Ariel Palacios Calderón como gobernador del Chocó.
Los Sánchez Montes de Oca argumentaban que Palacios Calderón se encontraba inhabilitado al momento de inscribirse como candidato, el 26 de junio de 2019, por cuanto se desempeñó como representante legal de una entidad de seguridad social en salud, perteneciente al régimen subsidiado y, adicionalmente, por haber suscrito contratos, en dicha condición, ante hospitales y centros de salud a ejecutarse en el respectivo departamento durante el año anterior a su elección.
La alta corporación señala que obra el certificado de fecha de 8 de noviembre de 2019 aportado por los demandantes en donde se evidencia que el 27 de junio de 2019, se registró el cambio del representante legal a nombre de Luis Ernesto Valoyes, sin que permita determinar quiénes fueron los representantes legales con anterioridad a dicha fecha y menos concluir que el elegido ostentaba ese cargo para esa data, constituyéndose en un documento no idóneo para acreditar los argumentos planteados en el libelo genitor. Por el contrario, con la contestación de la medida cautelar se allegaron los certificados históricos en los que queda claro que el demandado ocupó el cargo de gerente general entre el 5 de noviembre de 2015 y 15 de octubre de 2018, documento que desvirtúa la configuración de la causal de inhabilidad alegada.
Respecto de la participación en la suscripción de contratos celebrados con entidades públicas, se acreditó que el demandado intervino en la celebración de negocios jurídicos, a favor de la Asociación Barrios Unidos de Quibdó AMBU EPS-S-ESS por fuera del extremo temporal de la inhabilidad, en tanto el año anterior a las elecciones se circunscribía al periodo 27 de octubre de 2018 y el 27 de octubre de 2019 y los contratos fueron suscritos antes de dicho lapso.
En conclusión, sigue en firme Ariel Palacios Calderón como gobernador del Chocó.




