Yina Paola Reales Moreno, secretaria de educación del Chocó, informó a Denio Jiménez Rivas, alcalde de Juradó, que resultó elegido representante de los alcaldes de los municipios no certificados en educación en la Junta Departamental de Educación, JUDE.
De acuerdo a la Ley 115 de 1994 y la Ley 715 de 2001 las funciones de la Jude son:
a) Verificar que las políticas, objetivos, metas y planes que trace el Ministerio de Educación Nacional, con la asesoría de la Junta Nacional de Educación, JUNE, se cumplan cabalmente en el Chocó.
b) Verificar que los currículos que presenten las instituciones educativas se ajusten a los criterios legales, previo estudio y recomendación de la Secretaría de Educación.
c) Aprobar planes de profesionalización, especialización, actualización y perfeccionamiento para el personal docente y administrativo que presente la Secretaría de Educación.
d) Presentar a la Secretaría de Educación criterios para fijar el calendario académico de las instituciones educativas.
Este organismo está conformado por:
1. El Gobernador del departamento o su delegado quien la presidirá;
2. El Secretario de Educación Departamental;
3. El Secretario de Hacienda Departamental o su delegado;
4. El Secretaría de Planeación Departamental
5. Un Alcalde designado por los alcaldes.
6. Dos representantes de los educadores.
7. Un representante de los directivos docentes.
8. Un representante de las instituciones educativas privadas.
9. Un representante de las comunidades indígenas o campesinas o uno
de las comunidades negras.
10. Un representante del sector productivo.
11. Un representante de los jóvenes.